July 25, 2023, by Cuba Research Forum

Bayamo Monumento Nacional

Resumen: De cuando Bayamo fue declarado Monumento Nacional.// Summary: When Bayamo was declared a National Monument.

Hasta diciembre de 1935 solo se había declarado a Mantua monumento nacional en Cuba. El Decreto-Ley No. 207 firmado por el presidente de la República Carlos Mendieta y Montefur otorga la condición en atención a su alta significación en las luchas por la independencia. En este poblado concluyó la invasión a Occidente el mayor general Antonio Maceo en enero de 1896.

El 12 de diciembre de 1935 asume la presidencia provisional de la República el doctor José A. Barnet y Vinajeras y el 30 de diciembre de 1935 firma el Decreto-Ley No. 483 que declara a Bayamo monumento nacional. Es publicado el jueves 2 de enero de 1936 en la Gaceta Oficial. (anexo 1)

Existe una deuda de la historiografía nacional y local con el otorgamiento de dicho título a Bayamo. El historiador de La Habana Emilio Roig de Leuchsenting es el único que ha publicado un artículo, en 1936.

Este vacío es necesario suplirlo porque permitirá conocer las motivaciones del gobierno, el rol desempeñado por los bayameses en la obtención, así como las causas que impidieron preservar durante República burguesa las ruinas de las moradas de los patriotas que iniciaron el proceso independentista en Cuba y eran, además, importantes exponentes de la arquitectura.

La institucionalización de Decreto transcurre en un momento complejo del panorama político cubano, los presidentes se suceden uno tras otro sin cumplir las promesas de la Revolución del 33.

El 10 de enero de 1936 se realizan elecciones y queda Miguel Mariano Gómez. Gobierna Vinajeras hasta el 20 de mayo de ese mismo año. Meses después renuncia al cargo Miguel Mariano Gómez y pasa a desempeñarlo Federico Laredo Bru.

A pesar de la inestabilidad política se dan pasos efectivos, en el mandato de Bru se crea la Comisión Bayamo monumento nacional, con carácter honorífico, para que designe las ruinas y lugares que merezcan “conservarse en el estado actual” y estudie, además, cuantas obras estime necesarias para el mejoramiento.

La misma queda integrada por diez miembros, entre los que sobresalen: Enrique Ruiz Williams, Secretario de Obras Públicas, doctor Carlos Manuel de Céspedes, Delegado de la Academia de la Historia de Cuba, doctor Pérez André, Gobernador Civil de Oriente, Quintiliano Rosabal, Alcalde Bayamo.

La componen además un delegado por: Colegio Nacional de Arquitectos, Asociación Nacional de Veteranos, Academia Nacional de Bellas Artes, Asociación de Veteranos y de la Sociedad Cubana de Ingenieros.

La Comisión visita la ciudad y en enero de 1939 eleva al presidente dos Reglamentos y un Informe.

En el Reglamento fundamentan: “[…] el incendio de Bayamo […] representa a lo largo de la contienda liberadora una llama constante y aguda a la conciencia de la cubanidad. –Estos sacrificios heroicos tienen una entrañable significación espiritual […]”.

Y concluyen: “Aquel incendio fue para los cubanos en la guerra larguísima como vigilante luz en el camino del deber y de la constante superación. –Por eso los Constituyentes de Guáimaro creyeron cumplir una obligación de conciencia comprometiéndose de una manera solemne a reconstruir la villa incendiada cuando el ideal de independencia se hubiese conquistado. –El mandato de Guáimaro empieza a ejecutarse ahora”.

La primera propuesta es: “La Comisión en su visita a Bayamo, ha podido constatar que se hace de todo punto necesario, para que Bayamo ostente con orgullo el título de Monumento Nacional por sus inigualables méritos, la ejecución de las obras de saneamiento más urgentes, empezando por el alcantarillado, pavimentación y mejoras en el acueducto […]”.

Proponen el amaleconamiento del río como primera medida, porque “a su vez resultará una obra de defensa. Bayamo sufre el doble efecto de la expresada erosión: las crecidas del río lo atacan de afuera hacia dentro, y las aguas de albañal que corren abiertas por calles y barrancas hasta encontrar el cauce del río, lo hacen de dentro hacia fuera”.

Y dictamina: “Es de tal importancia lo referido, que a juicio de la Comisión informante, no se puede emprender obras de restauraciones ni monumentales, sin antes haberle dado solución a las obras que se han dejado señaladas”.

La Comisión propone que los trabajos se concentren en tres apartados:

a) Conservación de las reliquias históricas. (ruinas de la quema de la ciudad)
b) Obras de restauración y reconstrucción.
c) Obras de mejora de la ciudad.

En apartado: Conservación de las reliquias históricas, se proponen como monumentos nacionales:

a) Las residencia de los próceres de la independencia.
b) La iglesia parroquial, íntimamente unida con las vicisitudes de la contienda.
c) Los cementerios de la guerra.
d) Los lugares históricos como los campos de batalla.

En apartado: Obras de restauración y reconstrucción.

Se incluyen dentro de monumentos nacionales: “Los inmuebles cuya conservación ofrezca un interés artístico e histórico, o entre ambos a la vez […]”.

En apartado: Obras de mejora de la ciudad

Se proponen las nuevas edificaciones del Ayuntamiento y terminación de la Biblioteca 1868 y se presenta a estudio la situación y emplazamiento del Bayamo futuro, aseverando que en estos lugares se pueden planear nuevos edificios de las distintas escuelas de la Universidad de Oriente, que se propugna crear y establecer en Bayamo; así como nuevos repartos, que no afecten los valores patrimoniales de la ciudad.

El informe concluye que para la reconstrucción se necesitan $750,000.00, lo cuales se destinarían a:

a) Obras de construcción de un edificio destinado a la Universidad de Oriente, $150,000.00
b) Obras en el cementerio, restauración de Monumentos históricos, fijación de tarjas y terminación del edificio para la Biblioteca 1868, $50,000.00
c) Para un Monumento y su emplazamiento, a Carlos Manuel de Céspedes, $25,000.00
d) Para las obras de alcantarillado, pavimentación y mejoras del acueducto, $300,000.00
e) Para las obras del amaleconamiento y defensa del río Bayamo, $100,000.00
f) Para las obras de construcción del Parque Nacional La Demajagua y la carretera de dicho lugar a Manzanillo, $100,000.00
g) Para el concurso literario y artístico y demás gastos del Jubileo Nacional por el septuagésimo aniversario del Incendio de Bayamo.

El financiamiento debe salir de:

a) Por el producto líquido de cinco sorteos extraordinarios de la Lotería Nacional, $300,000.00
b) Por el producto líquido de la cuestación pública del día 10 de octubre de 1938, $25,000.00
c) Por el cincuenta por ciento del producto líquido de una emisión de sellos de correo, $75,000.00; y
d) Por el importe de la consignación en el Presupuesto Nacional $350,000.00

Un análisis de la situación nacional e internacional demuestra que es imposible el comienzo de las obras en el Año Fiscal 1938 a 1939 y terminarse en 1941 a 1942.

En 1939 el presidente Laredo Bru convoca una Asamblea Constituyente para redactar una nueva Constitución y el escenario político se concentra en la selección de los delegados, la redacción de la Carta Magna y las elecciones.

El panorama internacional es poco favorable, el 1 de septiembre de 1939 los alemanes invaden Polonia y comienza la Segunda Guerra Mundial. Cuba es el único país independiente antillano que declara la guerra al Eje.

Los trabajos no se materializaron y la Comisión Bayamo monumento nacional da por terminada su labor.

Sin embargo sus aportes fueron trascendentes para el futuro: por vez primera se redacta un Reglamento (dividido en dos Capítulos y 15 artículos) que protege los valores patrimoniales de la Ciudad, solo existían las ordenanzas municipales que normaban las construcciones.

Bayamo tendrá que esperar a las décadas de 1950 y 1960 para ejecutar muchas de las obras que soñó la Comisión Bayamo monumento nacional.

Anexo 1

Jueves, enero 2 de 1936

PLENO DEL GOBIERNO
JOSE A. BARNET Y VINAGERAS, Presidente Provisional de la República de Cuba,

Hago saber.

Que el Consejo de Secretarios ha aprobado y yo he sancionado lo siguiente:

POR CUANTO: Por Decreto-Ley promulgado por mi predecesor el presidente Mendieta, se otorgó al pueblo de Mantua el honroso título de Monumento Nacional, en atención a su alta significación en nuestras luchas por la libertad.

POR CUANTO: Si ciertamente Mantua tiene tan elevado sentido para nuestra historia patria, no lo es menos que Bayamo es el símbolo por antonomasia del heroísmo, de la abnegación y del patriotismo cubano, cuya sola evocación dice al corazón de nuestro pueblo de noble, generoso y digno tuvo la patria de sus mayores, y que como venerada reliquia debe conservarse para perpetuación del recuerdo de la grandeza de los libertadores que en ella vieron la luz, del valor de los que en ella combatieron con noble desinterés y de los que en ella todo lo sacrificaron.

POR CUANTO: El Gobierno desea honrar en ella la memoria de Carlos Manuel de Céspedes, síntesis de tan excelsas virtudes como acuerdo imborrable de su glorioso paso por la ilustre ciudad que le vio nacer, y que en los comienzos mismos de la lucha emancipadora escribió en Bayamo aquel legado de incomparable valor humano que constituye una de las páginas más altas y luminosas de la historia de Cuba: su Decreto de Abolición de la esclavitud.

POR CUANTO: El actual Gobierno, dado lo expuesto, cumple con el deber honroso de declarar a Bayamo MONUMENTO NACIONAL, dictando las demás medidas convenientes pata la ejecución de ese acuerdo.

POR TANTO: En uso de las facultades que le están conferidas por la Ley Constitucional de la República, el Consejo de Secretarios resuelve dictar el siguiente:

DECRETO-LEY No. 483

Artículo I.- Se confiere a la ciudad de Bayamo, situada en el término municipal del mismo nombre, en la provincia de Oriente, el carácter de Monumento Nacional.

ARTICULO II.- Se crea una Comisión, con carácter honorífico, para que designe las ruinas y lugares de la ciudad de Bayamo que merezcan conservarse en el estado actual y estudie, además, cuantas obras estime necesarias para el mejoramiento de ese municipio.

ARTICULO III.- La Comisión a que se refiere el artículo anterior estará compuesta por el Secretario de Obras Públicas, que la presidirá, un miembro del Consejo de Estado, el Gobernador de la Provincia de Oriente, el Alcalde Municipal de Bayamo, un miembro de la Academia Nacional de Artes y Letras, un miembro de la Asociación Cubana de Ingenieros, un miembro de la Asociación de Arquitectos, un miembro del Consejo Nacional de Veteranos de la Independencia y un miembro de la Asociación Nacional de Emigrados Revolucionarios Cubanos.

ARTICULO IV.- La comisión designada anteriormente tratará de llenar su cometido cuanto antes a fin de que el Gobierno, con vista de su informe, pueda dictar, a la mayor brevedad las disposiciones complementarias de este Decreto-Ley.

POR TANTO: Mando que se cumpla y ejecute el presente Decreto-Ley en todas sus partes.

Dado en el Palacio de la Presidencia, en la Habana, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos treinta y cinco.

(f) Jorge Luis Echarte. (f) José A. Barnet.
Secretario de Obras Públicas.

Es copia oficial, que respetuosamente se remite al Sr._____________________ ciudad para su conocimiento, rogándole la mayor divulgación de la misma, a objeto de que el mayor número posible de habitantes de Bayamo conozcan este Decreto-Ley.

Atentamente.
R. V. Ferrer M. N.
2do. Tte. Esc. 16 G. Rural.
Alcalde Municipal de Facto.

 

 

Ludín Bernardo Fonseca García (Bayamo, M.N., 1968). Licenciado en Historia por la Universidad de Oriente y Máster en Historia Regional y Local, Instituto de Historia de Cuba. Investigador y Profesor Auxiliar. Tiene publicado entre otros los libros: Bayamo en la modernidad. Cementerios y enterramientos (2005), Francisco Salgado y el Espiritismo de cordón en Cuba (2015), Francisco Vicente Aguilera. Proyectos modernizadores en el valle del Cauto, (2019), Aguilera/Aldama. Papeles para entender un rompimiento (2019), Las familias de Bayamo Siglos XVI-XX (2021) y Francisco Vicente Aguilera. Correspondencia 1873-1877 (2021). Ha realizado las ediciones anotadas entre otros libros de Bayamo (2009), Cuatro Siglos de Historia de Bayamo (2010), Crónica y tradiciones de S. Salvador de Bayamo (2011), Las familias de Bayamo 1512-1775 (2012), Bayamo. Toma, posesión y quema 1868-1869 (2013) y La raza triste (2016). Ha merecido los premios La Filarmónica (2006), José Maceo Verdecia (2010), Moneda del Año Internacional de la Paz (2010), Escudo de la Ciudad de Bayamo (2011), Bayamo (2012), Premio Al Mérito Literario José Joaquín Palma (2018), Distinción por la Cultura Nacional (2019) e Hijo Ilustre de la provincia Granma (2019). Es miembro de la UNEAC y Miembro Correspondiente de la Academia de Historia de Cuba. Es Historiador de la Ciudad de Bayamo.

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